TE BRINDAMOS:
- Gestión Notarial: Que involucra todo el trámite ante el Notario para la legalización de los documentos necesarios para el cambio de placa voluntario.
- Gestión Registral: Que corresponde a la inscripción propia del cambio de placa de un vehículo automotor inscrito en el Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, para la obtención de la nueva Tarjeta de Identificación Vehicular y Orden de Giro que contiene la nueva placa del vehículo.
- Gestión de Placas: Que incluye la presentación de la solicitud vía Web y finalmente la obtención de la placa única nacional de rodaje.
- Instalación de la nueva Placa Única Nacional de Rodaje.
- Portaplacas de Cortesía.
COSTO:
- S/. 230.00 Nuevos Soles (Incluye IGV y los gastos notariales, registrales y el costo de la placa de rodaje), para vehículos mayores.
- S/. 150.00 Nuevos Soles (Incluye IGV y los gastos notariales, registrales y el costo de la placa de rodaje), para vehículos menores.
REQUISITOS:
- Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del Titular Registral con el último holograma de votación y no tener multas por omiso.
- Copia de la Vigencia de Poder Actualizada; en caso de personas jurídicas (no mayor a 1 mes de emitida).
- Copia de la Tarjeta de Identificación Vehicular.
- Carta Poder (según formato proporcionado por la AAP).
- Ficha de Datos (según formato proporcionado por la AAP).
- Declaración Jurada (según formato proporcionado por la AAP).
- Depósito por el pago del servicio en la Cuenta Corriente en Moneda Nacional del Banco de Crédito N° 193-0042000-0-42 a nombre de la Asociación Automotriz del Perú.
IMPEDIMENTOS:
Existen casos en los cuales no procede el cambio de placa voluntario y serán los que se indica a continuación o los que señale el Registrador en su esquela de observación:
- Cuando no existe coincidencia exacta entre quien solicita el cambio de placa voluntario y el titular registral (difiere nombres, apellidos y documento de identidad).
- Cuando existe Anotación de Robo sobre la Partida Registral del vehículo.
- Cuando existe Baja Definitiva o Temporal del vehículo anotado sobre la Partida Registral del vehículo.
- Cuando existe anotada sobre la partida registral una Reserva de Dominio.